DERECHO DEL MAR Y PETRÓLEO

Por: Isaías A. Márquez Díaz

En vista de la dinámica comercial y prospectiva durante la última cincuentena, el derecho marítimo internacional se ha desarrollado, velozmente ya que los océanos, sus recursos y el medio marino han sufrido una presión sin precedentes, la CNUDM, vigente desde 11/1994, busca, como instrumento legal rector, organizar los espacios acuáticos sobre los cuales cada nación costera ejercía su soberanía sobre una extensión de agua adyacente a la costa, la cual era absoluta a excepción de un derecho de paso “inocente” para las naves mercantes extranjeras.

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Crédito de Imagen: Wikipedia.org

Como corolario, se establece los usos y delimitación de los espacios marítimos: mar territorial, plataforma continental, Zona Económica Exclusiva y alta mar.

 

Con respecto al petróleo costa afuera el derecho internacional no especifica la extensión precisa del “mar territorial”; hoy día, de unas 12 mn (casi 22 km), como tampoco precisaba las condiciones para el “paso inocente”.

Pero, desde 1951 ya la Comisión de Derecho Internacional se fija la meta de resolver tanto los problemas antiguos como los nuevos, tales como la salvaguarda de los recursos biológicos y la explotación de los yacimientos de petróleo de la plataforma continental en virtud de que países costeros del Atlántico Norte y también del Sur, por la merma de peces en sus fondos marinos, exigían una legislación sobre la protección de las áreas amenazadas a lo cual se oponen las naciones que deseaban mantener un espacio ilimitado a los recursos biológicos de alta mar.

Por otra parte, el petróleo en alta mar, desde hace mucho tiempo, los geólogos sabían del potencial de la plataforma continental en virtud del primer descubrimiento de petróleo en alta mar. Un pozo perforado a  unas 16 mn de distancia de la costa de Louisiana, EEUU y a profundidades de agua de apenas unos 4,3 m.

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