Por:
Andreina Cruces Vivas (Abogado -UCAB)
Vicepresidente del Escritorio Jurídico Suarez Cruces y Asociados
Coautor Daniel A. Suarez Romero / Pdte de SCA_Abogados

Este 2 de junio tuvo lugar un siniestro en San Basilio-Zattere, en el Canal de la Giudecca de Venecia, Italia. El Crucero MSC Opera, propiedad de MSC Cruises, el cual cuenta con una capacidad superior a los 2.000 pasajeros, presuntamente sufrió una falla en el motor al momento de arribar al puerto en compañía de dos buques remolcadores, lo cual ocasionó la colisión contra el muelle y el abordaje contra un buque fluvial turístico atracado en el mismo, aunque no hubo víctimas fatales el acontecimiento dejó a más de 3 personas lesionadas, daños al buque fluvial turístico, a la estructura Portuaria y al casco del MSC Opera.
MediterraneanShippingCompany es una de las principales líneas de cruceros a nivel mundial, cuyas rutas comprenden el Norte de Europa, Océano Atlántico, América del Sur, África del Sur, China, Dubai, Abu Dhabi, la India, el Mediterráneo y el Caribe, siendo estas dos últimas las más frecuentes, actualmente esta línea cuenta con una flota de 15 buques y para el año 2026 se espera que se sumen 10 buques adicionales y que su capacidad ascienda a 6.000 pasajeros. Esta compañía fue fundada por una familia de marineros originarios de Sorrento, Italia y sus inicios dentro del negocio de cruceros datan del año 1988 con la compra de su primer trasatlántico.
Antes de analizar el caso es importante recordar que el contrato de cruceros, es un contrato de transporte de pasajeros de carácter especial, ya que la obligación del porteador va más allá del mero transporte de pasajeros, sino que además debe prestar servicios de alojamiento, entretenimiento (restaurantes, teatros, parques acuáticos, entre otros) y alimentación durante el viaje, así mismo las condiciones de navegabilidad exigidas a estos buques son mucho más amplias.
La Convención de Atenas del 13 de noviembre de 1974, regula la responsabilidad del porteador de transporte de personas y equipaje, la misma establece una presunción iuris tantum de culpa que recae sobre el porteador en casos tales como abordaje, naufragio, explosión, incendio, deficiencia o innavegabilidad del Buque, entre otros.
Nos encontramos ante un caso de Responsabilidad Contractual y de Responsabilidad Civil Extracontractual, en el primer caso la empresa naviera debe acogerse al Convenio Atenas 1974 y a los límites de responsabilidad del protocolo de 1976, en principio los daños causados en el buque por la falla serán cubiertos por la póliza de seguro de casco y maquinaria; en el segundo caso, los daños a terceros (buque fluvial turístico, lesiones o daños corporales y daños a las instalaciones Portuarias), así como también los gastos de indemnización generados de provocarse daños por contaminación deben ser cubiertos por Protection and IndemnityP&I.
El 3 de junio el buque MSC Opera recibió la notificación de la Fiscalía de Venecia para iniciar con las investigaciones relativas al siniestro, así mismo, le fue concedido el permiso para reparar y soldar el casco del buque. Ahora bien, aun cuando las reparaciones concluyeron el 4 de junio, el crucero se vio forzado a cancelar las salidas que tenía previstas para esa misma semana desde Bari y Venecia, siendo el 15 de junio fecha en la cual retomaría su itinerario habitual.
Hasta los momentos la compañía MSC Cruisesha tomado ciertas medidas para responder a los huéspedes producto del siniestro ocurrido, tales como, el reembolso total de la tarifa de crucero, derecho a disfrutar los servicios prepagados (permanecer a bordo hasta la fecha de desembarque programada); bebidas gratis a bordo; traslados sin costo alguno a la Plaza San Marcos, islas y otros centros culturales y turísticos de Venecia; pago del traslado de los huéspedes a sus países de origen y un descuento de un 50% en sus cruceros hasta el 31 de diciembre de 2020, esta última medida junto con el reembolso del total de la tarifa de crucero también fueron tomadas a favor de los pasajeros que no pudieron embarcar sus cruceros dada la cancelación forzosa de las salidas antes enunciadas.
Este acontecimiento ratifica el llamado que han venido haciendo las autoridades italianas respecto a prohibir el tránsito de cruceros de grandes dimensiones en el canal de la Giudecca, dada la fragilidad del ecosistema en Venecia, declarado a su vez Patrimonio Universal de la Unesco.

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