Por: Luis Mérida Galindo/Contralmirante

El cabotaje es un tema que siempre ha estado presente en la comunidad marítima venezolana y sobre el cual existen muchas percepciones, algunas de ellas divergentes y es por ello que para emitir cualquier opinión al respecto es conveniente antes, efectuar al menos una revisión rápida de nuestra legislación marítima, del movimiento de cargas en los puertos nacionales y algunas otras experiencias foráneas.
En la gran mayoría de los países la navegación de cabotaje se encuentra reservada a buques con bandera nacional, aunque se encuentran algunas diferencias, fundamentalmente en el grado de facilidad con que las legislaciones permiten otorgar permisos para que buques con bandera extranjera puedan prestar este servicio. Se permite la realización de la navegación de cabotaje a buques con bandera extranjera siempre y cuando existan acuerdos de reciprocidad o en otros casos, se deben cumplir ciertas condiciones de mercado, en el sentido de que la oferta de la capacidad de bodega nacional no sea suficiente, para que el Estado autorice la excepción a la regla.

Ahora bien, la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 108 y 109 define lo relativo a la navegación de Cabotaje y al transporte de cabotaje de mercancías respectivamente, pero también señala lo relativo a la navegación domestica, modalidades bien diferenciadas que no deben confundirse.
Artículo 108. Se entiende por cabotaje la navegación que se efectúa entre puntos y puertos situados en los que la República ejerce soberanía y jurisdicción. El cabotaje se efectuará obligatoriamente en buques inscritos en el Registro Naval Venezolano, sin perjuicio de lo establecido en convenios o tratados internacionales adoptados por la República.
Artículo 109. Para realizar transporte de cabotaje de mercancías nacionalizadas o no, nacionales, entre puertos venezolanos o por buques de bandera extranjera, se requiere la previa certificación que haga constar que el buque de matrícula extranjera cumple con los requisitos de la legislación nacional e internacional en materia de seguridad marítima, así como la carencia de tonelaje nacional.
Por navegación doméstica se conoce toda actividad, distinta al cabotaje, efectuada en aguas jurisdiccionales de la República, estas serían: la pesca, el dragado, la navegación deportiva, las actividades científicas y de investigación, etc.
Consultando algunos expertos, las opiniones se dividen entre los que opinan que el transporte de cabotaje de mercancías debe estar reservado solo para los buques de bandera nacional y para ello el Estado debe aumentar y especializar tanto su flota como el sistema portuario y aquellos que argumentan que por tener Venezuela una posición geográfica privilegiada al estar ubicada frente a una de las zonas de mayor intensidad del trafico marítimo, esta situación le facilita el transporte de sus cargas tanto de importación como de exportación, así como también, el transporte de cabotaje de mercancías, sin necesidad de invertir grandes sumas de dinero comprando buques que no le son imprescindibles.
Ahora bien, valdría la pena preguntarse que beneficios traería consigo el desarrollar y propiciar el cabotaje marítimo, o que cambios o modificaciones a las políticas acuáticas, legislación o reglamentos que podrían potencialmente promoverlo?
Reducción de emisiones: En lo relativo a la variable ambiental, el transporte marítimo tiene ventajas sobre el terrestre. Los niveles de contaminación del aire y sonica son mucho menores, así como también, los de congestión y accidentes, los cuales en el caso terrestre, producen cada año una cantidad significativa de victimas mortales en las carreteras.
Fletes marítimos mas económicos: Para la determinación del costo del flete marítimo hay que considerar algunas variables tales como: El volumen de la carga, la distancia a navegar, la eficiencia y competitividad de las operaciones portuarias y el costo del combustible entre otras. Al concentrar mayores volúmenes de carga y haber una mayor oferta de capacidad de bodegas disponibles, los costos de los fletes marítimos tienden a la baja, al menos en la larga distancia.
Mayor frecuencia en rutas regulares: La falta de rutas regulares con frecuencias fijas es una de las variables que inclina la balanza a favor del modo terrestre, a la hora de decidir sobre el modo de transporte a utilizar. El cabotaje esta limitado solo a buques de bandera Venezolana y apenas están registrado en el RENAVE 04 buques porta-contenedores.
Por otra parte luce contradictorio que buques con bandera extranjera que prestan servicios regulares y tocan dos puertos nacionales, por ejemplo, Puerto Cabello y El Guamache, teniendo disponibilidad de bodega, no se le permita el transporte de mercancías en la ruta nacional.
La obtención de los Waivers: La consecución de estos permisos implican el cumplimiento de un largo proceso burocrático que a la postre finalizan convirtiéndose en focos de corrupción administrativa.
Una mayor apertura con respecto al cabotaje en la cual no se prohíba y quizás que se le aplique una mayor carga impositiva, al menos a los buques que prestan servicios regulares y que están abanderados en países vecinos de la región, con los cuales Venezuela tenga acuerdos basados en la reciprocidad, seria una alternativa tanto para mejorar las frecuencias en las rutas, como aprovechar las capacidades ociosas, fomentar la competitividad y por ende reducir el costo de los fletes en las rutas de cabotaje.
Más información en Mar y Gerencia/Blog
CABOTAGEM MARÍTIMA EM VENEZUELA
Acerca da cabotagem marítima em Venezuela, é forçoso concordar com a maior parte do que é mencionado no artigo em apreciação. Considerando a extensão da costa marítima venezuelana (2.500 Kms), é indubitável que não é necessário, nem conveniente fazer a comparação de custos e benefícios entre o transporte marítimo e o rodoviário. A diferença é abismal!
A diferença aumenta e muito, se considerarmos apenas o aspeto ambiental e de efeitos de carbono.
Há, porém, benefícios que só o transporte rodoviário, individual/particular ou em serviço público/ coletivo, pode oferecer, com vantagens sobre o marítimo de cabotagem. É, por exemplo e em grande medida o transporte porta a porta. Aqui o rodoviário ganha e fica a léguas de distância sobre o marítimo.
O ideal seria o transporte de cabotagem em modo marítimo e a distribuição no hinterland dos portos de escala, com entrega porta a porta (ponto a ponto), em modo rodoviário.
Só a conjugação e coordenação dos dois meios de transporte pode garantir melhor preço, mais baixo custo, melhor serviço, menor poluição e maior satisfação do cliente.
O «calcanhar de Aquiles» ou «busílis» como costuma dizer-se, estará sempre no fator «coordenação». Os dois modos de transporte coordenados e combinados (just in time), gerariam fatores de poupança, economia, rentabilidade e ganhos ambientais impensáveis na ótica da melhoria, em todos os aspetos, incluindo satisfação do cliente final e mais importante, que é o consumidor, o último elo da cadeia logística, para quem tudo converge.
Porto, 22.12.2022
Monteiro da Rocha
(Maritime Lawyer)
Me gustaMe gusta
EXCELENTE COMENTARIO, Gracias amigo y abogado maritimista Monteiro La Rocha
Me gustaMe gusta